Movimiento Ciudadano va por Ley contra tortura

Jal.| 23 jul. 2014

GUADALAJARA, JALISCO (23/JUL/2014).- Jalisco cuenta con una Ley contra la tortura que es letra muerta. Por ello, el diputado Clemente Castañeda presentó la iniciativa de Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura.

El legislador local explicó que se trata de un delito que deja al descubierto la debilidad en la procuración de justicia y constituye una de las violaciones más severas contra los derechos humanos, con un incremento a nivel nacional del 500% en los últimos siete años.

"Es inaplazable actuar contra esta práctica, debido a que en Jalisco se cuenta desde hace 20 años con una ley para prevenirla y combatirla, sin resultados; a pesar de que la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) ha recibido 991 quejas, derivando en 39 recomendaciones que involucran a más de 400 servidores públicos", señaló el legislador de Movimiento Ciudadano.

El coordinador de los diputados de Movimiento Ciudadano explicó que la iniciativa es también impulsada por el panista, Hernán Cortés Berumen, con la norma buscan que en Jalisco exista una ley que genere obligaciones, contrapesos y responsabilidades para las instancias involucradas. 

Clemente Castañeda lamentó que en la entidad jamás se ha iniciado una averiguación previa para castigar la tortura; "las instituciones públicas nunca han aplicado el Protocolo de Estambul para investigar los casos y nadie ha sido consignado por este delito, registrándose por lo tanto una tasa de impunidad del 100 por ciento".

Para el diputado de Movimiento Ciudadano la práctica de la tortura en Jalisco es sinónimo de fracaso institucional: "en primer lugar del gobierno y sus instancias de procuración de justicia, que con la tortura fabrican un delito, fabrican culpables y terminan fabricando víctimas; en segundo lugar, de los organismos garantes de derechos humanos, que a pesar de las quejas recibidas no denuncian penalmente los actos de tortura".

De acuerdo con el diputado local, la CEDHJ ha emitido 17 recomendaciones sobre tortura en su actual administración, pero la Fiscalía General señala que nunca ha recibido una denuncia sobre tortura.

Contenido de la Ley

• Establece una definición de tortura apegada los tratados internacionales, facilitando su prevención, investigación y sanción.

• Se elimina el requisito de "gravedad" para acreditarla y la "finalidad específica" de obtener confesiones, y se integran otras conductas que, aunque no causen daños físicos graves, signifiquen un menoscabo a la dignidad de las personas o a su integridad psicológica.

• El delito de tortura no prescribirá y quien sea acusado del mismo no podrá gozar de sustitución de pena, indultos o cualquier figura similar.

• Se conserva como sujetos activos del delito a los servidores públicos, pero además se incorporan dos elementos: la complicidad de particulares y la posibilidad de que un servidor público autorice, induzca o tolere los actos de tortura cometidos por particulares.

• Se establece como obligación de la CEDHJ presentar una denuncia de hechos por casos de tortura, siempre que reciba una queja al respecto.

• Se plantea una vinculación efectiva con las leyes de víctimas nacional y estatal, para que se repare el daño y se respeten los derechos y la dignidad de las víctimas de este delito.

• Se crea una Comisión estatal para prevenir y eliminar la tortura, con presencia de académicos y sociedad civil.

• La Comisión servirá para supervisar y dar garantías al cumplimiento de la ley.

• Se crea un marco para la aplicación de los exámenes médicos.

• Otorga facultades a los organismos de derechos humanos para que realicen visitas a centros de detención y verificar las condiciones de los detenidos, inhibir o denunciar prácticas de tortura.

Las sanciones y penalidades

• Debido a que la tortura constituye una violación grave a los derechos, se incrementan las sanciones, con prisión de siete a 16 años.

• Las multas irán de 500 a mil días de salario mínimo y se prevé la inhabilitación permanente del cargo (actualmente la sanción es de uno a nueve años y la inhabilitación no es definitiva).

• La pena se duplica si el delito se comete contra un grupo vulnerable o se causa la muerte de la víctima.

• Se establecen como nuevas agravantes los casos de tortura contra pueblos indígenas, migrantes, adolescentes y mujeres.

El dato

Clemente Castañeda propuso llamar al Fiscal General, al presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y al Director del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, para que, entre otras cosas, expliquen por qué las instituciones han fracasado, al grado que en 20 años no se ha castigado a nadie por el delito de tortura.

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